Devoluciones en caliente: España legaliza lo ilegal
El 31 de marzo, con la publicación en el BOE, ha entrado en vigor la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana. Esta Ley, además de contemplar recortes de derechos para el conjunto de la ciudadanía, introduce una Disposición Adicional Décima en la Ley de Extranjería cuyo objetivo es proporcionar cobertura legal a las devoluciones sumarias de inmigrantes que se producen en las fronteras de Ceuta y Melilla.
Poco han importado las protestas del conjunto de entidades que trabajan por los derechos humanos, así como las llamadas de atención de juristas, organismos nacionales e internacionales como el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa y del resto de formaciones políticas con representación en el Parlamento. Finalmente, la norma ha sido aprobada a pesar de que no subsana la vulneración de los Tratados internacionales ratificados por España y que por ello forman parte del Ordenamiento jurídico español, de la normativa comunitaria, de la Constitución y de los principios básicos de un Estado de Derecho.
Tras la aprobación de esta ley, se legalizan las devoluciones de quienes sean detenidos en el vallado fronterizo, sin necesidad de procedimiento administrativo alguno ni garantías como derecho a la defensa jurídica e intérprete. Además, y aunque se especifica que las solicitudes de protección internacional “se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos”, se deja la puerta abierta a la exclusión del derecho de asilo a miles de personas provenientes de países en conflicto que intentan acceder a Europa, vinculando indebidamente este derecho a la forma de entrada en territorio español.
CINCO PUNTOS BÁSICOS PARA ENTENDER LA LEY MORDAZA SOBRE DEVOLUCIONES DE MIGRANTES:
1.- Fin del derecho de asilo y refugio de los migrantes que llegan a las fronteras
3.- Nuevas rutas más peligrosas que costaron la vida de 3.000 personas en 2014